- Sistema de Pagos en Moneda LocalSe realizará el próximo semestre durante la Presidencia Pro Tempore Paraguaya (PPTP) un Seminario con el objeto de que técnicos brasileños y argentinos expliquen el funcionamiento del sistema, con vistas a la implementación en los otros Estados Partes.
- Grupo de Integración Productiva (GIP)El Grupo informó la finalización de la redacción de los proyectos “Programa de Intensificación y Complementación Automotriz en el Ámbito del MERCOSUR” y “Programa MERCOSUR de Desarrollo de Proveedores del Sector de Petróleo y Gas”.
- Decisiones aprobadas en el CMC de interés sectorial:• Dec. CMC Nº 32/08 “Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR”: Se prorrogó hasta el día 31 de diciembre de 2009 el ejercicio de las funciones del Lic. Carlos Álvarez, en carácter de Presidente de la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR.
• Dec. CMC Nº 35/08 “Seguimiento y Actualización del Acervo Normativo del MERCOSUR”: Las Decisiones, Resoluciones y Directivas no incorporadas por ninguno de los países después de transcurridos 5 años desde la fecha en que fueron aprobadas o 2 años a partir de la fecha de finalización del plazo de incorporación, en el caso de las normas que poseen plazo para ser incorporadas, serán analizadas por el órgano decisorio del cual emanaron, salvo aquellas que se encuentren en revisión.
• Dec. CMC Nº 40/08 “Régimen Común de Importación de Bienes Destinados a la Investigación Científica y Tecnológica (Derogación de la Dec. CMC Nº 36/03)”: Se establece la exención del pago del AEC para la importación de animales vivos y productos del reino animal y vegetal, materias primas, productos semi-elaborados, máquinas, aparatos, instrumentos, equipamientos, sus piezas de repuestos y accesorios, utilizados para actividades de ejecución, coordinación o fomento de investigaciones científicas o tecnológicas.
Los beneficiarios de aplicación del régimen deberán inscribirse en un registro que las autoridades competentes de cada país deberán establecer para ese fin.
Los procedimientos y la documentación necesaria para la obtención o renovación del registro serán definidos de acuerdo con la legislación interna de cada Estado Parte.
Los Estados Partes podrán establecer las normas reglamentarias que consideren necesarias para la implementación de los beneficios previstos en esta Decisión, así como las necesarias para evitar y combatir la existencia de ilícitos.
• Dec. CMC Nº 41/08 “Creación del Fondo MERCOSUR de garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas”: Se creó el Fondo MERCOSUR de Garantías para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, destinado a garantizar, directa o indirectamente, operaciones de crédito contratadas por micro, pequeñas y medianas empresas que participen de actividades de integración productiva en el MERCOSUR.
El citado Fondo se regirá por el Estatuto aprobado por la Decisión CMC Nº 41/08.
Mediante la Dec. CMC Nº 43/08 se constituyó la Comisión Asesora para la Implementación del Fondo.
• Dec. CMC Nº 49/08 “Plan de Acción para la Profundización del Programa de Liberalización del Comercio de Servicios en el Ámbito del MERCOSUR”. Se creó un cronograma de trabajo para hacer diagnósticos, liberalizar servicios que aún están regulados (de los sectores menos sensibles a los más sensibles) y eliminar restricciones de acceso a mercado.
• Dec. CMC Nº 54/08 “ Acuerdo de Comercio Preferencial entre el MERCOSUR y SACU”: Se acordó el texto del Acuerdo de Preferencias Fijas. Dicho Acuerdo se firmará en el 2009.
• Dec. CMC Nº 55/08 “Régimen de Certificación de Mercaderías Originarias de la SACU Almacenadas en Depósitos Aduaneros de los Estados Partes del MERCOSUR”: Se aplicará el régimen establecido en la Decisión CMC Nº 17/03 (“Régimen de Certificación de Mercaderías Originarias del MERCOSUR Almacenadas en Depósitos Aduaneros de uno de sus Estados Partes”) a las mercaderías originarias de SACU, de acuerdo con el Régimen de Origen del Acuerdo Preferencial de Comercio entre el MERCOSUR y la SACU, importadas bajo las normas de dicho Acuerdo.
• Dec. CMC Nº 57/08 “Regímenes Especiales de Importación”: Se prorrogaron los plazos para elaborar Regímenes Especiales Comunes de Importación para los sectores aeronáutico, de educación, salud, naval, bienes integrantes de proyectos de inversión y comercio transfronterizo terrestre. Ese trabajo deberá ser concluido por la CCM para que sea considerado por el GMC en su última reunión del segundo semestre de 2010.
Asimismo, se prorrogó hasta el 31 de diciembre del 2010 el plazo para que el GMC defina el tratamiento a dar a los regímenes aduaneros especiales de importación adoptados unilateralmente por los Estados Partes que impliquen la exención total o parcial de los derechos aduaneros que gravan la importación definitiva de mercaderías cuyo objetivo no sea el perfeccionamiento y posterior exportación de las mercaderías resultantes para terceros países, como así también los beneficios otorgados al amparo de tales regímenes.
• Dec. CMC Nº 58/08 “Bienes de Capital y Bienes de Informática y Telecomunicaciones”:
- Se creó el Grupo Ad Hoc para los sectores de Bienes de Capital y de Bienes de Informática y Telecomunicaciones.
- BK: se prorrogó hasta el 1 de enero de 2011, la entrada en vigor del Régimen Común para Bienes de Capital No Producidos. El Grupo Ad Hoc deberá elaborar una propuesta de revisión del Arancel Externo Común para bienes de capital, con vistas a su adopción y aplicación a partir del 1° de enero de 2011. Esa propuesta deberá ser elevada al primer GMC del segundo semestre de 2010.
Los Estados Partes podrán, hasta el 31 de diciembre de 2010, mantener los regímenes nacionales de importación de bienes de capital actualmente vigentes, incluyendo las medidas excepcionales aplicadas por los países en el ámbito arancelario.Paraguay y Uruguay podrán, hasta 31 de diciembre de 2013, aplicar la alícuota de 2% para las importaciones de bienes de capital originarias de extrazona.
- BIT: el Grupo Ad Hoc deberá elevar, antes del primer GMC del segundo semestre de 2010, una propuesta de revisión del AEC para los bienes de informática y telecomunicaciones, con vistas a su adopción y aplicación a partir de 1º de enero de 2011.
Hasta 31 de diciembre de 2010, los Estados Partes podrán aplicar aranceles distintos al AEC para los bienes de informática y telecomunicaciones.
Hasta el 31 de diciembre de 2010 Argentina y Brasil pueden aplicar una alícuota de 0% a las importaciones de bienes de informática y telecomunicaciones.
Paraguay y Uruguay podrán importar, hasta el 31 de diciembre de 2016, bienes de informática y telecomunicaciones de extrazona con alícuotas de 0%, en el caso de productos que consten en listas presentadas en el ámbito de la CCM y 2% en los demás casos.
• Dec. CMC Nº 59/08 “Bienes de Capital – Modificación de la Decisión CMC N° 34/03”: A partir del 1° de enero de 2013 sólo serán admitidas importaciones, con los beneficios previstos en el presente régimen, de bienes de capital nuevos, sus partes, piezas y componentes, clasificados en los códigos identificados como “BK” en la Nomenclatura Común del MERCOSUR, no producidos que consten en la Lista Común”.Se encuentran disponibles el Acta y las Decisiones aprobadas en la Reunión Ordinaria del CMC.
Ante cualquier duda o comentario comunicarse con el Lic. Mariano Luna,
mluna@adimra.org.ar, o con el Lic. Aldo Costa,
acosta@adimra.org.ar
Decisiones aprobadas CMC diciembre de 2008.zip
Acta CMC diciembre de 2008.pdf