Este acuerdo se aplicará si al momento de la liquidación del mes de abril no hubiera un acuerdo y que será la base para la nueva negociación considerando las diferencias del retroactivo no remunerativo de los meses de febrero y marzo de 2024.
Ponemos a disposición el mencionado Acuerdo y la Disposición de fecha 5 de mayo de 2024 que lo homologa.